Legislación Establecimientos de Ópticas Cantabria
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- Decreto 90/1998, de 23 de noviembre, por el que se regulan las autorizaciones administrativas Descargar
OBLIGATORIEDAD DE SOLICITAR LAS OPORTUNAS AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS OPTICAS DE CANTABRIA:
El Decreto 90/1998, de 23 de noviembre regulador de las Ópticas de Cantabria, en vigor desde el 1 de enero de 1.991, establece la obligatoriedad por parte de las Opticas y secciones de esta especialidad en Oficinas de farmacia ubicados en la C.A. de Cantabria, de solicitar las correspondientes autorizaciones administrativas y dar cumplimiento a las exigencias recogidas en la misma.
Una vez obtenida la autorización de funcionamiento esta debe ser renovada cada cinco (5 años) a solicitud del interesado. De ahí, la conveniencia de consultar las fechas de concesión de las resoluciones de autorización de los establecimientos, y en caso de haber transcurrido ó a punto de transcurrir los cinco (5) años referidos, solicitéis cuanto antes la renovación (por otros 5 años) ante La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, en C/ Marqués de la Hermida, 8. 39009- Santander (Cantabria).
Código del apartado referente a Opticas: E.3
Acceso al trámite ante la Consejería: http://www.saludcantabria.es/index.php?page=registro-de-centros-servicios-y-establecimientos-sanitarios
En este enlace accedéis a los siguientes formularios de trámite:
Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGSCAN)
Este Registro tiene carácter público y obligatorio, respetando en todo caso lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La inscripción en el Registro se efectúa de oficio una vez concedida la Autorización de Funcionamiento, no suponiendo ningún trámite adicional.
Los datos contenidos en la información básica son públicos, si bien el derecho de acceso, consulta u obtención de certificados estará sujeto a la acreditación del interés legítimo por parte del interesado y a lo dispuesto en el Capítulo III, del Título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Tipos de trámites administrativos de Autorización
Centros | Servicios | Establecimientos Sanitarios
- Autorización de Instalación – «Formulario Nº1»| Necesaria en el caso de creación de centros, servicios o establecimientos sanitarios, que impliquen realización de obra nueva o alteraciones sustanciales en su estructura o instalaciones públicas o privadas de cualquier clase y naturaleza. Autoriza el proyecto (no la apertura o el funcionamiento).
- Autorización de Funcionamiento – «Formulario Nº2»| Es la que faculta a los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos o privados de cualquier clase y naturaleza para realizar su actividad y es exigida con carácter preceptivo de modo previo al inicio y la apertura.
- Renovación de Autorización de Funcionamiento – «Formulario Nº3»| Refleja que ha sido renovada la autorización de funcionamiento en base a criterios y periodicidad establecidos por la normativa en materia de autorización.
- Autorización de Modificación – «Formulario Nº4»| Se debe solicitar cuando se produzcan cambios no significativos en la estructura física del centro, un cambio de titularidad o variación de la oferta asistencial.
- Comunicación Modificaciones No sustanciales, cierre definitivo, cese temporal – «Formulario Nº5» | Notificación de variaciones: cambio de la denominación del centro, sustitución de profesionales sanitarios. En el supuesto de sustitución del director técnico, la comunicación debe acompañarse del nombramiento y aceptación del nuevo responsable de la actividad sanitaria. En caso de cierre parcial, temporal o definitivo de actividades es obligatorio el aviso anticipado.
- Autorización Publicidad Sanitaria – «Formulario Nº6»| Sirve para regular (expresa y previa a la publicación) toda forma de comunicación y difusión del mensaje publicitario dirigida al público general ya sea gráfica, sonora o audiovisual, efectuada por cualquier medio o soporte, incluida internet, cuya finalidad sea la contratación de prestaciones sanitarias realizadas por profesionales de la salud y prestado por un centro, servicio o establecimiento sanitario autorizado e inscrito en el Registro sanitario.